Comencemos con las más millonarias:
Ann Williams, Stuart Finkelstein, Gail Scott, Christina Lemons, Mitchel Greer y Stefan Kruszewsk, recompensados por el Tesoro de EE. UU. con la bicoca de US $ 700 millones, a repartir entre los felices ganadores, en partes iguales (caso, Reckitt Benckiser Group); Adam Rahimi y Christopher Schulte, recompensados con US $104,5 millones, para cada uno (caso, Walgreens Boots Alliance, Inc.); John Kopchinski, recompensado, como los antes referidos por la oficina del Tesoro con US $51 millones para, él, solito (caso, Pfizer Inc.).
Todo, con base en la Ley de Reclamaciones Falsas (The False Claims Act, FCA, 31 U.S.C.) que remunera al primer denunciante de ciertas infracciones fiscales o administrativas, entre el 10% y el 30% del monto recuperado por el Tesoro con apego al principio “qui tam” apócope de, “qui tam pro domino rege quam pro se ipso in hac parte sequitur (El demandante, en este asunto, actúa por el rey y por, sí mismo). Quiere decir que, el primero en denunciar determinado perjuicio contra el Tesoro, es recompensado en la medida que lo recuperado por el Fisco haya sido gracias a su delación.
La profesión de cazarrecompensas es respetable, en EE. UU., y en determinadas circunstancias muy bien remunerada, como ya lo hemos visto. Si usted busca por la Internet un “bounty hunter”, encontrará páginas y páginas de anuncios: desde los más humildes encargados de las capturas de los violadores de sus libertades bajo fianza, hasta los innumerables “ambulance chasers” como Groucho Marx llamaba, despectivamente, a cierta calaña de abogados.
No es fácil, por más que sea por una sola vez en su vida, la misión de cazarrecompensas de determinado terrorista, narco, corrupto, monstruo con apariencia humana, cuando resida fuera de EE. UU.
En 1886 la Corte Suprema de Justicia (Ker v. Illinois) dictaminó que un secuestrado en Perú y llevado, a la fuerza, a territorio nortamericano sin el debido juicio de extradición, pudo ser válidamente juzgado y condenado por los tribunales de EE.UU., con base en el principio “mala captio, bene detentio” (mala captura, pero buena detención). Sin embargo, esa misma Corte Suprema, años después, rechazó tal juzgamiento y castigo, si durante su captura y secuestro el, respectivo buscado por la justicia había sido drogado o víctima de tratos muy crueles (cfr. Frisbie v. Collins, 1952); (USA v. Toscanino); (USA v. Álvarez Machaín,1992) este último el más aberrante porque, el supuesto “drogado”, a la postre, fue liberado pese a que prestaba sus servicios “médicos” para que los torturados por el Cártel de Guadalajara, se mantuvieran vivos o medio muertos, hasta confesar lo que los empleadores de Machaín querían que confesaran.
El terrorista Ilich Ramírez (a) “El Chacal”, se estaba dando la gran vida en Kartún. Pero los desgobernantes, tipo Putín, los Castro-Ruz, el gordiflón de Norcorea, Daniel Ortega, Jinping, Maduro, son como son. En ese caso, Al Bashir, tirano de Sudán, vaya usted a saber, cuál fue el cambalache, permitió en su territorio, el secuestro de “El Chacal”, por los servicios secretos franceses para que, al final, la Corte de DD. HH., de la Unión Europea bendijera, sin ambages, aquella “mala captio, bene detentio”.
El cronista, por razones estrictamente jurídicas, censura tal clase de capturas y recompensas. La violencia física contra personas, en casos muy excepcionales y con apego estricto al debido proceso, es monopolio de cada Estado a través de sus funcionarios, que no pueden delegar en mercenarios (US, Corte Suprema, Ex rel. Polansky v. Executive Health Resources, 2023)
—¿Aceptaría usted, ser el defensor judicial de Augusto Pinochet? Le preguntaron alguna vez al abogado Jacques Vèrgier:
—La aceptaría —respondió el controversial colega— si me garantizan que Pinochet será inexorablemente condenado.
Respuesta que la hacemos nuestra, para que los narcoterroristas en general y ciertos narcoterroristas, en concreto, no vengan a equivocarse con el suscrito cronista.
@omarestacio
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